Dinero Quince está permanentemente a su disposición, tanto para ofrecerle la información que más le interesa como para defenderle en situaciones concretas, dispuesto a entablar las batallas judiciales en defensa de los derechos económicos de los socios de la OCU.
Dinero Quince defiende su patrimonio
Dinero Quince es ante todo el boletín financiero e independiente de los socios de la OCU. A este título, siempre está en defensa del ahorrador.
Ejemplos de acciones emprendidas por Dinero Quince:
En los últimos años varias compañías de seguros no han dudado en tratar de modificar a la baja las condiciones de algunos planes de jubilación contratados a más largo plazo y con condiciones más ventajosas que las existentes actualmente en el mercado (por ejemplo, rebajar el interés garantizado del seguro o limitar las nuevas aportaciones extraordinarias). La aseguradora Intercaser decidió, unilateralmente, rebajar el rendimiento garantizado en su plan de jubilación "Libreta Ahorro Pensión" del 6,5% hasta el 4% anual. Esta decisión nos pareció inaceptable en su momento. Por ello, decidimos trasladar nuestra postura a la Dirección General de Seguros (DGS). Unos meses más tarde la DGS nos dio la razón y solicitó a Intercaser que eliminase dicha modificación. Desgraciadamente, la aseguradora no quiso dar su brazo a torcer y nos vimos obligados a demandarla en noviembre de 2001. En octubre de 2003 el Juzgado de Primera Instancia de Madrid n° 59 dictó sentencia favorable a nuestras pretensiones en su totalidad, obligando a respetar las condiciones inicialmente pactadas. Tras el recurso interpuesto por el asegurador, por fin en 2007 una sentencia firme dio la razón a los socios de la OCU en sus principales reivindicaciones.
En múltiples ocasiones hemos puesto de manifiesto que muchos de los contratos de las entidades financieras incluyen cláusulas desequilibradas que resultan perjudiciales para el consumidor.
La OCU acaba de conseguir un gran éxito judicial en beneficio de todos los consumidores: el Tribunal Supremo ha declarado abusivas y, como tales, nulas, 13 cláusulas de contratos de entidades financieras. Con esta sentencia de febrero de 2010 culmina un proceso iniciado por la OCU en 2003.
La sentencia recién dictada por el Tribunal Supremo pone fin al proceso iniciado por la OCU en enero de 2003 mediante el cual solicitaba que se declarasen abusivas y por tanto nulas, varias de las cláusulas que muchas entidades financieras aplicaban a sus clientes, por ejemplo, en los contratos de tarjetas o al contratar préstamos hipotecarios. Ahora sólo queda pendiente la inscripción de estas cláusulas en el Registro de Condiciones Generales de Contratación como abusivas, para que su eficacia afecte a todos los consumidores que tengan una de estas cláusulas en sus contratos, trámite que la OCU pone en marcha de inmediato.
Más acciones en curso...
La OCU ha actuado además llevando ante los tribunales los acuerdos de la Junta de Mutua Madrileña. Junto a aspectos formales, se impugna ante el Juez el destino dado a los beneficios, la retribución de los administradores y
la imposición de nuevas cargas a los mutualistas. También presta especial atención a los temas que más preocupan al consumidor y que ocupan el cuarto lugar en el ranking de las reclamaciones: servicios financieros e impuestos…

